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Cartilla *
Fuente: |
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Todas las personas
son iguales ante la ley |
I.
Derechos de identidad y ciudadanía:
1. Nacer libre
e igual en dignidad y derechos.
2. Tener los derechos, obligaciones y libertades proclamadas en la Constitución,
en el capítulo sobre las garantías individuales, en las leyes,
en los tratados y acuerdos internacionales y en los reglamentos que integran
el orden jurídico, sin distinción alguna de nacimiento, raza,
etnia, edad, color, sexo, preferencia sexo-afectiva u orientación sexual,
necesidad especial física o mental (llamada "discapacidad"),
estado civil, idioma, religión, opinión política o de cualquier
otra índole, posición económica, social, condición
como persona indígena, migrante, desplazada o refugiada o cualquier otra.
3. Derecho
a tener tu identidad propia y a gozar de autonomía y autodeterminación
en todas las esferas de la vida: emocional, sexual, familiar, educativa, reproductiva,
laboral, económica, política o cualquier otra.
4. A gozar y ejercer de libertad de conciencia, apariencia, vestimenta, expresión,
opinión, reunión, asociación y tránsito.
5. A no ser privad@ de tu vida, de tu libertad, de tu tranquilidad o de tus
propiedades, posesiones o derechos, así como de hacer testamento sin
limitaciones por tu preferencia sexo-afectiva u orientación sexual
para heredar bienes, derechos y obligaciones a cualquier persona que designes,
o ser heredad@ por cualquier persona.
6. A no perder la patria potestad de tus hijas e hijos por el solo hecho de
ser bisexual, mujer que ama a otra mujer (lesbiana) u hombre homosexual.
7. A ser tratad@ con dignidad, imparcialidad y respeto en los ámbitos
íntimo, privado y público.
8. A la honra, a la buena reputación, a no ser ofendid@ ni calumniad@,
y a no ser molestadas o molestados, sin que medie orden fundada y motivada de
autoridad competente hacia tu persona, familia, papeles o posesiones.
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Equidad Construye Te
invitamos |
9. A ingresar,
permanecer y ser atendida o atendido en lugares o eventos públicos.
10. A mantener en reserva la preferencia u orientación sexual.
11. A tener, o no, creencia religiosa alguna, sin ser discriminad@ por los representantes
de las distintas iglesias o por sus feligreses.
12. A participar de manera directa o a través de la elección de
representantes, en la dirección de los asuntos públicos.
13. A elegir y ser elegid@ en procesos electorales que garanticen la voluntad
de l@s ciudadan@s.
14. A la administración de justicia de manera pronta, gratuita e imparcial,
sin importar la orientación sexual, raza, etnia, edad, color, sexo, necesidad
especial o discapacidad, estado civil, religión, opinión política,
posición económica u otras especificidades.
15. A que no se considere la preferencia sexo-afectiva u orientación
sexual como agravante de ninguna infracción o delito.
16. A formular peticiones y quejas y obtener audiencia ante funcionarias y funcionarios
públicos, con el objeto de exigir respeto, protección y defensa
a los derechos. Asimismo, a recibir atención y respuesta a los reclamos.
17. A participar en la formulación, ejecución y evaluación
de políticas gubernamentales.
18. A acceder a los cargos públicos y ejercer funciones públicas.
19. A representar al gobierno en el plano internacional y desempeñar
funciones en organizaciones internacionales.
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¿Sabes
cuáles son tus derechos? |
II.
Derecho al desarrollo
20. A
que el gobierno establezca políticas de desarrollo que garanticen la
erradicación de la pobreza y de la feminización de la pobreza,
la justa distribución de los ingresos, el bienestar de todas las personas
y el establecimiento de formas armoniosas de convivencia.
21. A que el gobierno garantice la seguridad de la ciudadanía.
22. A la protección de la salud física, mental, sexual, reproductiva,
durante todo el ciclo vital, tanto en zonas urbanas como rurales, sin discriminación
alguna.
23. A disponer de información, formación, calidad y trato digno
en la prestación de servicios médicos y hospitalarios, así
como al acceso a medicamentos dispositivos médicos seguros y de calidad.
24. A la seguridad alimentaria, a una vivienda digna, a recursos productivos,
agua potable y energía eléctrica.
25. A la equidad en las relaciones de género (entre mujeres y hombres,
entre los mismos hombres y entre las mujeres), para lo cual el gobierno debe
formular políticas públicas que conduzcan a la eliminación
de obstáculos jurídicos, administrativos, económicos, culturales,
sociales, de comportamiento o de cualquier otra índole que impidan la
plena participación de la diversidad de mujeres, en igualdad de oportunidades
y de trato a la diversidad de hombres.
26. A recibir educación basada en información científica,
en la equidad, en la justicia, la democracia, el respeto hacia la diversidad
de personas y la tolerancia; libre de fanatismo, estigmatizaciones y prejuicios.
27. A que no se promuevan en los medios masivos de comunicación imágenes
distorsionadas de las mujeres y de los hombres o de violencia contra las mujeres
o entre los hombres, o discriminatorias por acción u omisión
en razón de la orientación sexual.
28. A que mujeres y hombres compartan, dentro de los distintos tipos de familia,
responsabilidades en relación con la crianza y educación de las
hijas y los hijos y con la atención a las tareas del hogar.
29. Al reconocimiento de las necesidades, posibilidades, obligaciones y derechos
de las niñas y los niños, evitando las prácticas culturales
desvalorizantes, fortaleciendo su autoestima e impulsando su participación
en la vida social, económica y política.
30. A la obtención, permanencia, capacitación y ascenso en el
trabajo, sin discriminación durante el embarazo, eliminando requisitos
de no gravidez; a la atención médica, salario, licencia, antes
y después del parto y a descansos reales durante la lactancia; a la seguridad
social y a recibir salario y prestaciones iguales por un trabajo igual. Asimismo,
derecho a la protección contra el desempleo.
31. Al descanso, a disfrutar del tiempo libre, al divertimento.
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Mujeres y hombres, aunque diferentes, somos iguales ante la ley. La discriminación atenta contra la dignidad de las personas. Ser diferente no es razón para que se te niegue o limite ninguno de tus derechos humanos. Todas las personas tienen derecho a un desarrollo integral y a un trato equitativo. |
III.
Derechos sexuales y reproductivos
32. A que mujeres y hombres definan su identidad de género, redefiniéndola
a lo largo de la vida, así como a expresarla.
33. A controlar y cambiar el propio cuerpo, lo que incluye el derecho, tanto
de mujeres como de hombres, a cambiarlo cosmética, química o quirúrgicamente
para expresar la construcción de imagen corporal a partir del tipo
de masculinidades y feminidades diferentes con la que cada quien se identifique.
34. A la autodeterminación en el ejercicio de la sexualidad, lo que incluye
el derecho al placer físico, sexual y emocional; el derecho a la libre
y responsable preferencia sexoafectiva; el derecho a la información y
educación sexual laica, científica, amplia, clara, especializada,
oportuna; a la protección de la salud sexual y reproductiva. Asimismo,
el derecho a no ejercer la sexualidad.
35. A no ser diagnosticad@ o tratad@ psicológica o psiquiátricamente
con el objetivo de "cambiar" contra la voluntad la orientación
sexual, identidad sexual o rol de género que cada quien vive.
Es violatorio a tus derechos humanos someterte
sin tu libre consentimiento a cualquier tipo de tratamiento médico,
psicológico o psiquiátrico para intentar "modificar"
tu orientación sexual.
36. A decidir libre, responsable e informadamente el número y espaciamiento
de l@s hijos y ejercer o no esto, mediante el control voluntario y seguro de
la fecundidad, decidiendo el tipo de anticonceptivo más apropiado, así
como el derecho a adoptar. Incluye el derecho de mujeres y hombres a tomar decisiones
en el campo de la reproducción, a tener acceso a la tecnología
reproductiva, libres de discriminación, coacción o acoso y violencia,
así como el derecho de disponer de servicios integrales de salud sexual
y reproductiva con calidad y calidez.
37. A la salud sexual y reproductiva en un marco de bienestar físico,
mental y social que garantice la armonía con el entorno y no sólo
la ausencia de enfermedad, incorporando en programas sustantivos, acciones educativas,
servicios y campañas, estrategias para prevenir embarazos no deseados,
VIH/SIDA y otras enfermedades de transmisión sexual (ETS).
38. A establecer relaciones íntimas placenteras, y a suscribir contratos
matrimoniales o a que sean reconocidas las parejas de hecho, cuando así
se desee.
39. A participar con voz y voto en la formulación y desarrollo de programas
y políticas de población.
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La salud sexual implica que todas las personas estén habilitadas para tener una vida sexual satisfactoria, responsable y segura. Recuerda: |
IV.
Derecho a la paz y a una vida libre de violencia
40. Derecho
a disfrutar de la paz y a una vida libre de violencia tanto en ámbito
público como en el privado e íntimo. Nadie será, por tanto,
sometid@ a tortura ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.
41. A la integridad física, psíquica y sexual de las mujeres y
los hombres, debiendo el gobierno tomar medidas para prevenir, sancionar y enfrentar
la violencia en todas sus manifestaciones.
El gobierno deberá hacer esfuerzos
especiales para eliminar el tráfico de mujeres, niñas y niños
y la prostitución forzada, erradicando sus causas internas y externas
y prestando atención a mujeres y hombres en esta situación.
42. Las personas migrantes, desplazadas o refugiadas tiene derecho a medidas
especiales de protección frente a la violencia. En particular, los asesinatos,
las violaciones, la esclavitud sexual y los embarazos forzados, deberán
ser considerados como delitos de lesa humanidad y, por tanto, imprescriptibles.
43. A que el Estado mexicano establezca medidas para reducir los gastos militares
y fabricación y compra de armamentos, reasignando esos fondos para el
desarrollo social y económico, en especial de sectores en desventaja.
44. A que mujeres y representantes de sectores en desventaja participen en todos
los espacios de solución de conflictos.
45. A que el gobierno promueva una educación laica, apegada al derecho
libre de prejuicios, con respeto por la diversidad, tolerante y con elementos
para la solución pacífica de conflictos.
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Es importante que denuncies todo acto violatorio a tus derechos humanos. ¿Se te ha negado algún derecho? ¿Has sido tratad@ injustamente por ser mujer o por ser hombre? ¿Por vestirte, comportarte o hablar de forma diferente? ¿Por amar a una persona de tu propio sexo? |
V. Derechos
ambientales
46. A que mujeres y hombres participen, en igualdad de condiciones, oportunidades
y trato, en la planificación, diseño, gestión y toma de
decisiones de planes, programas y proyectos relacionados con el medio ambiente,
así como en los mecanismos de evaluación de los efectos de las
políticas de desarrollo y medio ambiente.
47. A participar activamente en la gestión y educación ambiental
local, regional, nacional e internacional. Las demandas ciudadanas en materia
ambiental tienen que ser atendidas por el gobierno en forma rápida y
con las debidas garantías.
VI.
Derechos de las personas y pueblos en razón de su identidad étnica-racial
48. La multiculturalidad étnica-racial debe reconocerse como equivalencia,
no como superioridad o inferioridad.
49. El gobierno debe garantizar a los pueblos indígenas y a sus integrantes,
el derecho a la autonomía y a la libre determinación en cuestiones
relacionadas con sus propios asuntos internos, así como el derecho a
la autogestión en los ámbitos político, económico,
social y cultural.
El
2 de septiembre de 1999 fue aprobada una importante reforma al Código
Penal del Distrito Federal: la que establece como delito la discriminación
de cualquier tipo, incluida la discriminación por orientación
sexual (Artículo 281 bis). Se impone una pena de hasta tres años
de prisión y multa a quien te discrimine por tu edad, tu sexo, tu
estado civil, tu orientación sexual, el color de tu piel, tu origen
o posición económica, tu nacionalidad, porque estés
embarazada o tengas necesidades especiales o tengas una enfermedad. |
Cuando algún particular o institución privada viole alguno de tus derechos, pide ayuda, infórmate. Puedes presentar tu denuncia cuanto antes ante estas instituciones:
Agencia del Ministerio Público más cercana a tu domicilio.
Procuraduría de la Defensa del Trabajo.
Procuraduría de la Defensa del Menos y la Mujer en el DIF.
Procuraduría Federal del Consumidor.
Exige siempre copia del acta de tu denuncia, conserva la mayor cantidad de pruebas posible, no firmes documento alguno si desconoces cómo te puede afectar. Si no tienes recursos el Ministerio Público debe ofrecerte una abogada o abogado de oficio, es decir, sin costo para ti.
Cuando alguna institución gubernamental cometa una violación a tus derechos humanos, puedes presentar una queja, las veinticuatro horas del día, comunicándote a:
Comisión Estatal de Derechos Humanos de Jalisco (CEDH)
Pedro Moreno
No. 1616, Col. Americana
C. P. 44160, Guadalajara, Jal. Tels./fax: 3630 34 22 y 3634 20 21
E-mail: cedh@acnet.net
Puedes presentar tu queja a la CEDH Jalisco desde los siguientes municipios:
Lagos de Moreno: 01 (347) 2 37 00
Puerto Vallarta: 01 (322) 3 26 76
Autlán: 01 (338) 2 03 21
Cd. Guzmán: 01 (341) 3 43 96
Colotlán: 01 (499) 2 09 13
Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH)
Periférico
Sur No. 3469 Col. San Jerónimo Lídice
Magdalena Contreras, México, D. F.
Tel. 01 800 715 2000 / 01 5681 8125 / 01 5681 2539
Puedes solicitar apoyo en alguna de las siguientes organizaciones ciudadanas:
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Academia
Jalisciense de Derechos Humanos
Epigmenio González No. 1325, Zona Centro C. P. 44810 Guadalajara, Jalisco, México. Tel. y fax: 3827 1627 y 3827 0695 E-mail: ajdhac@mail.udg.mx |
Patlatonalli,
a. c.
López Cotilla No. 996 (a media cuadra de E. Díaz de León) C. P. 44100 Guadalajara, Jalisco, México. Apdo. Postal: 1-623 Tel. y fax: 3825 0598 Diversitel: 3630 3131, clave: 40791 E-mail: patlas@mail.udg.mx |
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¿Te han negado el trabajo o lo has perdido por estar embarazada o por denunciar hostigamiento sexual en tu contra? ¿Cuál fue la más reciente discriminación que recuerdas haber vivido? ¿Cómo fue que violaron tus derechos? ¿Quién fue el o los responsables? ¿Te defendiste? ¿Con quién buscaste apoyo? ¿Qué resultó? ¿Por qué no te defendiste? ¿Cómo te sentiste? |
Ordenamientos legales
consultados:
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Constitución
Política del Estado de Jalisco.
Ley de
la Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Jalisco.
Declaración
Universal de los Derechos Humanos, 1948.
Convención
sobre la eliminación de todas las formas de discriminación sobre
la Mujer, 1981.
Conferencia
Mundial sobre Derechos Humanos, 1993.
Programa
de Acción de la Conferencia Internacional sobre la Población y
el Desarrollo, 1994.
Declaración
de Copenhage sobre desarrollo Social y Programa de Acción de la Cumbre
Mundial sobre Desarrollo Social, 1995.
Declaración
y Plataforma de Acción de Beijing, Cuarta Conferencia Mundial sobre
la Mujer, 1995.
Declaración
de Río sobre Medio Ambiente y el Desarrollo, Conferencia de las Naciones
Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, 1992.
Convenio
núm. 167 de la Organización Internacional del Trabajo sobre Pueblos
Indígenas y Tribales en Países Independientes, 1989, por la
67ava. Conferencia Internacional del Trabajo, 1989.
Otros documentos consultados:
Derechos
Humanos para el siglo XXI. Aportes al 50º Aniversario de la Declaración
Universal de los Derechos Humanos, desde una Perspectiva de Género,
CLADEM, 1995.
Declaración de Valencia sobre los Derechos Sexuales, XIII
Congreso Mundial de Sexología, 1997.
Derechos
Sexuales y Reproductivos, los más humanos de todos los derechos,
María Ladi Londoño E., Colombia, 1996.
Declaración
Internacional de los Derechos de Género, Segunda Conferencia Internacional
sobre Legislación de Transgénero y Política de Empleo,
1993.
Nuestros
Derechos Humanos, Manual de Educación en Derechos Humanos de la Mujer,
Julie Mertus, Comité Organizador por la Década para la Educación
en los Derechos Humanos, 1995.
Carta de
Derechos de Lesbianas y Gays, ILGA, s/f.
Cartilla
de Derechos Humanos, para evitar la discriminación por orientación
sexual, Fundación ARCOIRIS/Comisión de Derechos Humanos del
Distrito Federal, s/f.
Folleto/Cartilla:
Las mujeres que aman a otras y el cáncer, Patlatonalli, A. C.,
1998.
Derechos
para Defender la Diversidad Sexual, Fundación Ecuatoriana de Acción
y Educación para la Promoción de la Salud, s/f.
Memoria
del Primer Foro de Diversidad Sexual y Derechos Humanos (Orientación
sexual y expresión genérica), David Sánchez Camacho (compilador),
Nueva generación editores, 1999.
Organizaciones sociales
e instituciones que suscribieron esta Cartilla:
Patlatonalli,
A. C.
Consejo Estatal
para la prevención del SIDA (COESIDA/JALISCO).
Academia Jalisciense
de Derechos Humanos, A. C.
Centro de
Apoyo para el Movimiento Popular de Occidente, A. C. (CAMPO).
Centro de
Estudios de Género de la Universidad de Guadalajara (CEG).
Centro de
Investigación y Atención a la Mujer, A. C. (CIAM).
Colectivo
lesbigay de diVersa.
Comisión
Internacional de Derechos Humanos para Gays y Lesbianas.
Comisión
Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos, A. C.
Consorcio
por la Equidad, Diálogo Parlamentario y Comunicación Política.
Coordinación
de ONGs de Mujeres, Instituciones Académicas y Asociaciones Políticas
de Jalisco.
Coordinación
Nacional de Mujeres de Organizaciones Civiles por un Milenio Feminista.
DiVersa,
Asociación Política Feminista.
Homo-Sapiens
Sapiens, A. C.
Instituto
Mexicano para el Desarrollo Comunitario, A. C. (IMDEC).
Letra S.
Bases Magisteriales
(Jalisco).
Programa Universitario
de Estudios de Género de la Universidad de Guadalajara.
Red Nacional
de Organismos Civiles de Derechos Humanos "Todos los derechos para todos"
Red por la
Salud de las Mujeres del Distrito Federal.
Sin las mujeres los derechos no son humanos